De: Antonio Delgado
Santoyo y familia
C/. San Justo, nº 2, pta. 9
46900 Torrente (Valencia)
A: Testigos Cristianos de Jehová
Ctra. Torrejón-Ajalvir, km. 5 Ajalvir (Madrid)
Torrente, 21 de Octubre, de 2001
Señores:
El l6 de Febrero del 2000 les enviamos nuestra carta con el deseo de toda la familia (Antonio Delgado, Dioni Tudela y Elisabeth Delgado) acerca del borrado de todos nuestros datos personales, amparándonos en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal l5/99 (borrado de nombres, apellidos, dirección, teléfonos, fechas, suscripciones y todo dato que hiciera alusión a nosotros), sí, que fueran TOTALMENTE BORRADOS de todos sus archivos escritos, informáticos, y también en la congregación Torrente Sur, las llamadas “tarjetas de publicador” nos fueran entregadas para su destrucción.
Obra en nuestro poder su respuesta, que por cierto, tardó mes y medio en llegar, confirmando que según nuestro deseo, TODOS los datos habían sido borrados tanto en la central en Madrid, como en la congregación en Torrente.
Pero esto no se ha cumplido en absoluto, DESPUÉS DE LA SUSODICHA AFIRMACIÓN DEL BORRADO DE DATOS, ustedes no han respetado nuestros deseos y por lo tanto, han violado la Ley de Protección de Datos. Queremos respuesta a estas cuestiones.
1º.- ¿Por qué siguieron viniendo meses después las revista La Atalaya y ¡Despertad! A nombre de nuestra hija Elisabeth , con el etiquetado mecanografiado desde la central a la congregación Torrente Sur?
2º.- PASANDO POR ALTO LA AUTORIDAD DE LOS PADRES CON DESCARO, ¿Por qué Antonio Carretón (“presidente” de la congregación)
preguntó a otros publicadores jóvenes el número de teléfono privado de mí hija para comunicarse con ella, sin que nos enterásemos los padres, para pedirle explicaciones sobre su vida privada, al negarse los jóvenes a dárselo?
3º.-¿Por qué José Luis Moreno “anciano”, comenzó a llamar por teléfono a nuestra casa dejando mensajes en el contestador, insistiendo en que el cuerpo de ancianos de Torrente Sur tenía el derecho de hablar con nuestra hija de un “asuntillo”, y al preguntar como padres de qué se trataba, contestó que eso solo lo hablarían con ella? Los padres por lo que se ve, no tenemos ningún derecho a saber lo que estos llamados “ancianos” en esta organización hablan con nuestros hijos, que viven en nuestra casa y están bajo nuestra supervisión. Insistió en que Elisabeth hablara con ellos porque si no, de todos modos tomarían acción al respectos con o sin ella como son las normas de la organización.
4º.- ¿Por qué individuos de la congregación la han estado siguiendo por las calles para enterarse de su vida privada y así acusarla ante los “responsables” de la congregación utilizando dentro del ambito de la organización su nombre y apellidos? Estos son: Juan Muñoz, Vicente Laínez, Purificación Cano, una tal Nieves de la que no sabemos su apellido y otros.
5º.- ¿Por qué al finalmente conseguir hablar con nuestra hija, la citaron para un juicio en el salon del reino, el domingo 7 de Octubre del 2001? Elisabeth acudió para saber el día que pensaban usar sus datos personales de manera pública, de nuevo, según las mismas normas de la organización.
6º.- ¿Con qué derecho el 7 de Octubre del 2001, estos “individuos” ineptos, sin estudios de leyes, ni reconocimiento oficial, actúan de jueces sin respeto ninguno por las leyes del Estado, enjuiciando a una persona por asuntos personales, bajo la amenaza según las normas de la organización, de que lo llevarían a cabo hasta el final con o sin ella? Los tales jueces fueron: Antonio Argudo, José Luis Moreno y Hans W. Matzen.
7º.- ¿Por qué planearon y nos dijeron que la sentencia se cumpliría el 18 de Octubre del 2001 notificando públicamente mediante un anuncio durante la reunión (unas 120 personas presentes) la expulsión por mala conducta (según ellos) usando sus datos personales para seguir aplicando la norma de la organización, anuncios que se hacen SIEMPRE incurriendo en injurias y calumnias?
8º.- ¿Por qué, como ellos mismos nos han comunicado a toda la familia, han mandado a la central en Madrid como es SIEMPRE la norma de la organización los formularios S-AB-79b-S; S-AB-79ª-S; S-AB-77-S (Las tarjetas amarilla y naranja junto con la hoja de informe) para archivar la sentencia de ese juicio utilizando de nuevo sus datos personales?
9º.- ¿Por qué utilizando los datos de toda nuestra familia nos injurian y calumnian a las espaldas y nos ponen una “pintada” en la pared de donde vivimos con la palabra “apóstatas” extendiendo por toda la zona dichas calumnias? Hasta sabemos que en las reuniones de ancianos comenzaron estas calumnias con las visitas de Jesús Martín Nohales, su representante directo de la central, SIEMPRE A NUESTRAS ESPALDAS, de manera sibilina como las serpientes venenosas, NUNCA DANDO LA CARA, como actúan los cobardes sin argumentos legítimos. (Lo sabemos porque algunos de estos “ancianos” nos lo han dicho personalmente)
Señores, ¿esto que es? ¿LA INQUISICIÓN MODERNA? ¿O pretenden ser los TALIBANES pasando por alto leyes y constituciones que protegen la intimidad personal?
Esto sencillamente es : INTOLERANCIA RELIGIOSA.
EXIGIMOS el respeto de la ley en nuestro caso, teniendo ustedes TOTALMENTE PROHIBIDO utilizar nuestros datos personales para nada. NI ANUNCIOS PUBLICOS NI PRIVADOS, U OTROS REGISTROS CON NUESTROS NOMBRES O QUE HAGA ALUSIÓN A NOSOTROS.
EXIGIMOS tambien que los formularios susodichos se devuelvan desde la central a Torrente, para que se destruyan delante de nosotros o se nos confirme en la respuesta a esta carta que han sido destruidos; queremos tener la absoluta garantía de que nuestros derechos son respetados. Comprendereis que después de constatar como nos habeis engañado con tanto descaro no nos fiamos de individuos con esa clase de moral, que no respetan los principios de Dios (los cuáles predican de manera farisaica) ni las leyes de los hombres.
Deseando que busquen la paz, instruyan a sus adláteres en Torrente a buscar la paz, para que el resultado sea, ¡QUE NOS DEJEIS EN PAZ!
Dioni Tudela
Elisabeth Delgado
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